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lunes, febrero 28, 2011

¿Discriminación positiva?

“La primera igualdad es la equidad”- Víctor Hugo.



A propósito de la celebración del Día Europeo de la Igualdad Salarial el lunes 22 de febrero, diarios como ABC, El Mundo, o El País, dedicaron un espacio a noticias y reportajes sobre la igualdad salarial entre hombres y mujeres. En casi todos ellos se reflejaba el siguiente dato: las mujeres europeas necesitan trabajar 53 horas más al año que los hombres para cobrar lo mismo. Tras el escándalo inicial, cabe preguntarse cómo se ha obtenido esta cifra.

En la misma línea, y con el Día de la Mujer Trabajadora a la vuelta de la esquina, otra de las cuestiones más comentadas en los medios,ha sido también otro dato, el de que el 75% de los hombres está más satisfecho con el equilibrio entre vida laboral y vida familiar cuando su jefe es del sexo femenino. Y en el contexto de estos debates ha tenido cabida la llamada “discriminación positiva”

El término en sí mismo resulta contradictorio, pues discriminar es “Dar trato de inferioridad a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, etcétera”. Añadir “positiva” comporta darle la vuelta al concepto, obteniendo como resultado aquello que contempla la RAE : “Protección de carácter extraordinario que se da a un grupo históricamente discriminado, especialmente por razón de sexo, raza, lengua o religión, para lograr su plena integración social.”Algunos medios han optado entonces, por referirse a la “discriminación positiva” con la acepción “acción positiva”, refiriéndose con ella a aquellas acciones que se llevan a cabo para mejorar las condiciones de la mujer en la sociedad. Ofrecer más plazas para mujeres en un determinado trabajo o decantarse por ella ante dos candidatos sólo diferenciados por su sexo, serían un ejemplo de este tipo de acciones.

¿Pero de verdad las mujeres necesitan estas iniciativas?¿Hace falta esta protección?

Volviendo a las 53 horas de más que necesitan trabajar las féminas respecto de los varones, es vital saber la procedencia y obtención de este dato, pues es evidente que si se trata de una media entre trabajos de mujeres en general, y trabajos de hombres en general, las primeras salen perdiendo simplemente por una cuestión histórica. Además, ¿es cierto que los hombres cobran más aunque desempeñen el mismo trabajo que ellas?

Es importante destacar que en España la mayoría altos cargos son varones, y que estos puestos están mejor remunerados que el resto, cuestión que afecta a la mencionada media. La situación se entiende fácilmente si se tiene en consideración que el acceso a la universidad de las mujeres no estuvo permitido hasta 1910, y que su normalización no se dio hasta mucho más tarde.

Para ocupar un alto puesto se necesita experiencia, y ésta sólo se consigue a través de los años, años en los que como se explica, los hombres llevan ventaja. Y por esto mismo, en otros países como Filipinas, existe un 58% de directivas, y en los Estados Unidos, la mujer es responsable del 89% de las cuentas bancarias.

La discriminación positiva tiene inconvenientes. No sólo muchas mujeres se muestran contrarias a ella porque se presupone que necesitan ayuda para conseguir ciertos objetivos, sino que además las repercusiones sobre el contexto en el que se llevan a cabo estas “acciones positivas” pueden ser terribles. Es el caso de Suecia, que en 2003 privilegió el acceso de los hombres a la universidad, pues sólo un 40% de ellos accedía a estos estudios. El resultado fue que el 95% de las solicitudes rechazadas fueron de mujeres, mujeres mejor cualificadas que los varones que accedían a estas enseñanzas. Además, la medida propició un clima de confrontación y rivalidad entre estudiantes prácticamente insostenible.

Resumiendo, la discriminación positiva nunca puede ser buena, pues implica una injusticia hacia otra persona (que históricamente no ha sido discriminada, pero que ahora lo será). Convendría cerrar definitivamente este círculo vicioso, convendría elegir al mejor, al más cualificado, convendría en definitiva, darle sólo preferencia a la equidad.

martes, febrero 22, 2011

CONTROL PARENTAL DE INTERNET

Tras la celebración del Día Mundial de la Seguridad en Internet, y en un clima donde se han dado a conocer cifras alarmantes sobre el aumento del acoso a menores en la red, cabe plantearse la posibilidad de un control paterno del acceso de los niños y adolescentes a esta relativamente reciente tecnología. Sin embargo, pese a las ventajas que detenta esta iniciativa, también presenta un grave problema de libertad, problema fácil de resolver si en lugar de prohibir o controlar, se dota al os menores de mecanismos con los que emplear correctamente la red.


Ahora bien, no todos tendrán la misma capacidad de defenderse, y los más pequeños serán también los más vulnerables.

En los últimos años, la edad de niños acosados sexualmente por Internet ha disminuido hasta los nueve años. ¿Deben actuar en estos casos los padres? La respuesta clara es sí, dado que por mucha información que tenga o por mucho que se le advierta a un niño sobre la pedofilia, no deja de ser inocente y por lo tanto vulnerable, sobre todo porque en Internet el usuario siempre es persona anónima y es más difícil identificar al agresor.

Dejando a un lado este caso concreto, se cuestiona el control como forma de coartar la libertad del menor, impidiendo con él, el desarrollo de una mayor autonomía. Asimismo, se esta olvidando completamente su capacidad de juicio y criterio en general, para discernir aquello que está mal o le puede perjudicar. Si el niño quiere encontrar un determinado contenido, lo hará, pues tiene múltiples posibilidades de hacerlo valiéndose de otros medios. La prohibición no es pedagógica y podría incluso incentivar la “curiosidad insana” por determinados contenidos.

Pero los menores no sólo pueden ser víctimas de un delito, sino que también pueden cometerlo. ¿En esta situación se justifica entonces el control paterno? Tampoco, pues aunque el responsable legal del delincuente sea su padre, no se trata de controlar a su hijo para que no cometa delitos, sino de enseñarle que no es correcto delinquir.

Ocurre lo mismo con aquellos que apelan a la dependencia y aislamiento que puede producir Internet, al tiempo que pierden los niños frente a la pantalla, a la suplantación de los agentes socializadores primarios por la red y otros medios, etcétera. Se destaca la vulnerabilidad de los menores frente a los anunciantes y el gasto que esto supone a los padres. Sin embargo, todas ellas son, sin excepción, cuestiones fácilmente paliables con la educación, una educación sólida y válida que enseñe a los niños a emplear correctamente las nuevas tecnologías y que les informe de las consecuencias de un posible mal uso (delito, acoso, adicción)

Un menor que sepa que delinquir está mal, que le pueden acosar, que es vulnerable ante los anuncios, o que puede suponer un gasto para sus adres, dará un unos distinto a la red que quienes no han recibido esta mencionada y necesaria educación.


Por lo tanto y en definitiva, y como en muchos otros temas, no se trata de prohibir sino de educar, pues la libertad necesita formación y conlleva también responsabilidad.

MÁS IMPORTANTE (que fumar)

¿Qué es más importante, la salud o la economía? Ante esta sencilla pregunta cualquiera se decantaría abiertamente por la primera. ¿ Por qué motivo entonces, la respuesta varía cuando se trata de aplicarlo a la nueva ley antitabaco?

Además, no se trata sólo de la salud propia de cada individuo, sino de una salud social, pues fumar afecta tanto a los fumadores como a aquellos que a su alrededor se encuentran.

Cabe hacer hincapié en el caso de los camareros, que no deben sufrir las consecuencias del tabaco, es decir, la merca de su salud, como consecuencia del vicio de otros.

Frente a esta postura, algunos fumadores han apelado a su supuesta “libertad de fumar”, pero ¿dónde queda el derecho de los no fumadores a respirar un aire limpio? Para más inri, el número de fumadores en España es una minoría respecto de la población total.
Sin embargo, los hosteleros (sobre todo los valencianos) han asegurado cuantiosas pérdidas económicas, pérdidas que en breve disminuirán, pues la ley anti-tabaco cuenta con precedentes en otras zonas de la Unión Europea.
Asimismo, la ley favorecerá el surgimiento de nuevos usos relacionados con el consumo de cigarrillos, como puedan ser el “take away” del café, la instalación de estufas en las terrazas durante los tres meses más fríos del año, o la creación de clubes de fumadores. Los hosteleros tendrán que adaptarse, como lo hicieron con el euro u otros cambios.

Y habilitar espacios libres de humo no es la solución. Está comprobado que pocos son los bares y restaurantes que en su momento cumplieron la normativa (¿recordáis alguno?), y tampoco resuelve el problema de los trabajadores.

Es pues, la nuestra, una época idónea para dejar de fumar, ya que muchos, por no salir a hacerlo a la calle y helarse, reducirán el consumo de tan nocivo producto, producto que, paradójicamente, genera ingresos al Estado. Pero eso sería tema de otro amplio debate.